VIVENCIAS DE UN ABOGADO Y "LEX ARTIS": Consejos
para principiantes.
Diego J. Romero, Letrado del ICAS.
#Abogacía #LexArtis #IndependenciadelAbogado #VistaOral
A colación de unas experiencias vividas en esta semana, creo
oportuno –por naturaleza somos algo olvidadizos- dejar algunas pinceladas en
relación al ejercicio de la abogacía, muchas de ellas extraídas de nuestro
Código Deontológico.
A veces, no resulta tan simple tomar decisiones -y menos a
los más jóvenes- en determinados asuntos. Puede que la inercia varíe de la noche a la mañana y tengamos que improvisar y jugarnos un
caso en cuestión de "segundos". No está de más recordar que -si ello
ocurriera-, no sólo el conocimiento del derecho sustantivo y adjetivo pueda
resultar suficiente: a veces la decisión más acertada pasa por la captar el
“ambiente” de sala, sabiendo elegir la mejor opción en beneficio de nuestro
patrocinado. Por ejemplo, ante la posibilidad que se nos ofrezca una posible
conformidad o celebrar la vista oral, o bien plantear una cuestión previa –que
traíamos preparada- o no en función del “escenario” que nos encontremos llegado
el día.
Recuerdo en más de una ocasión, partiendo de una defensa
eficaz durante la fase de instrucción, y sobre la base de un buen escrito de
defensa, lo fácil que se hace la preparación del plenario. El escenario no
resulta imprevisible, debiéndose estudiar todos los escenarios posibles.
Recuerdo haber renunciado a la práctica de pruebas llegado el día -pruebas
propuestas por la defensa y admitidas- en función de cómo se iba desarrollando
la vista. El estar ávido y atento a los gestos y el dominio de los "terrenos"
al estilo de la lidia en la tauromaquia -recordemos que grandes juristas,
escritores y filósofos fueron aficionados a los toros, como Cossío- puede
resultar determinante para el fallo.
Estos principios, a modo de pinceladas, serían:
-“...en el ejercicio de la profesión de Abogado la
independencia, la dignidad, la integridad, el servicio, el secreto profesional
y la libertad de defensa.”
-“La independencia del abogado resulta tan necesaria como la
imparcialidad del Juez, dentro de un Estado de Derecho.”
- “… y esta tan compleja como unívoca actuación del Abogado
sólo sirve al ciudadano y al propio sistema del Estado de Derecho si está
exenta de presión. “
- “…el Abogado posee total libertad e independencia de
conocer, formar criterio, informar y defender, sin otra servidumbre que el
ideal de Justicia.”
- “En ningún caso debe actuar coaccionado ni por
complacencia.”
A buen seguro, y aunque de sobra conocidos, que nunca viene
mal tenerlos presentes.
Un cordial saludo.
Diego Jesús Romero
Letrado del ICA de Sevilla
Necesito un abogado de familia que me explique la diferencia entre un divorcio y una separación.
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